Punto Información Catastral
A. INFORMACIÓN GENERAL.
El Ayuntamiento de Xerta, en colaboración con la Dirección general del Catastro, ofrece un nuevo servicio a sus ciudadanos. Se trata del Punto de Información Catastral.
Esto supone que en el propio Ayuntamiento se podrán obtener certificaciones y consultas sobre datos catastrales no solamente literales o alfanuméricas, sino también cartográficas, evitando así, desplazamientos a las instalaciones de la propia Dirección general, y facilitando el acceso a las personas que no disponen de medios telemáticos el hacer consultas a través de la Oficina Virtual del Catastro.
B. ¿QUIÉN PUEDE OBTENER INFORMACIÓN CATASTRAL?
Cualquier ciudadano, conforme a los siguientes criterios:
- Si no es el titular catastral, podrá obtener:
- Consulta libre y certificación electrónica de datos catastrales no protegidos y de cartografía digital.
- Certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral.
- Si es el titular catastral, o representante legal del titular, podrá obtener, previa solicitud-autorización:
- Consulta y certificación electrónica de los datos protegidos relativa a los bienes inmuebles de su titularidad.
C. VALIDEZ Y EFICACIA DE LA DOCUMENTACIÓN EMITIDA (certificado electrónico).
Los documentos generados por el Punto de Información Catastral contendrán la fecha de su expedición y un código electrónico que permita la comprobación de su integridad y autenticidad, y tendrán plena validez y eficacia en conformidad con el establecido por el artículo 96 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributario, y por el artículo 41 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
D. PROTECCIÓN DE DATOS.
El Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario dispone a su artículo 51 que tienen la consideración de datos protegidos:
- Nombre, apellidos, razón social, código de identificación y domicilio de quienes figuren inscritos en el Catastro Inmobiliario como titulares.
- Valor catastral, valor catastral de la tierra y valor catastral de la construcción de los bienes inmuebles individualizados.
Para el acceso a esta información, los titulares catastrales, o sus representantes legales, tendrán que rellenar y entregar en el Punto de Información Catastral la solicitud-autorización correspondiente.
E. - REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE DATOS.
Para el acceso a esta información, los titulares catastrales, o sus representantes legales, tendrán que presentar la solicitud de información en el modelo que se los facilitará en el Punto de Información Catastral en la cual se hará constar la identidad del solicitante y la información requerida, siendo imprescindible la consignación del número de identificación fiscal del titular catastral, así como el original y fotocopia del mencionado documento. La solicitud contendrá además la correspondiente autorización a la entidad gestora del servicio para acceder a sus datos desde el Punto de Información Catastral. Junto a la solicitud se tiene que presentar la documentación acreditativa de la representación o autorización con que se actúe, la validez del cual y eficacia será constatada por el responsable del servicio a la propia solicitud. El modelo de autorización del titular catastral que se tendrá que utilizar se los facilitará en el Punto de Información Catastral.
E.1. Si no es el titular catastral, tendrá que presentar:
- Solicitud general del Ayuntamiento.
- N.I.F. del solicitante (original y copia).
E.2. Si es el titular catastral, o representante legal del titular, tendrá que presentar:
- Solicitud del titular catastral, según modelo oficial.
- N.I.F. (original y copia del titular, y, en su caso, de la persona autorizada).
- En el supuesto de actuación como representante, se acompañará autorización según modelo oficial, la validez del cual será de DIEZ DÍAS desde la fecha de su expedición.
F. DÓNDE DIRIGIRSE.
Ayuntamiento de Xerta
Plaça Major, 13
43592 – Xerta
Tel: 977 47 30 05
Horario: de 10:00 a 14:00 h. de lunes a viernes y los martes también de 16:30 a 19:00 h.
G. MÁS INFORMACIÓN